May 22, 202512:03:22 PM

TSJ declara nulidad de reforma de Ley Orgánica de Explotación del Oro


El presidente Nicolás Maduro solicitó el 19 de agosto de 2016 un recurso de control constitucional para evaluar la legalidad de dicha reforma.












La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), en ponencia conjunta, declaró "nula de toda nulidad, carente de validez, existencia y eficacia" la Reforma Parcial de la Ley Orgánica que Reserva al Estado las Actividades de Exploración y Explotación de Oro, sancionada por la Asamblea Nacional el 9 de agosto de 2016.

El TSJ asegura que dicha reforma de Ley fue dictada en desacato a decisiones emanadas del TSJ, además de otras violaciones al ordenamiento jurídico, entre ellas, la desviación de poder que viene materializando la AN en varias de sus actuaciones.

El presidente Nicolás Maduro solicitó el 19 de agosto de 2016 un recurso de control constitucional para evaluar la legalidad de dicha reforma.

En una nota de prensa, el TSJ (que se nombra "La máxima intérprete de la Constitución") recordó que en ejercicio de lo previsto en los artículos 335 y 336 numeral 1 de la Carta Magna, declaró inconstitucionales y, por ende, nulos, los actos emanados de la AN, incluyendo las leyes sancionadas desde el 28 de julio de 2016, fecha en la que se incorporaron los ciudadanos Nirma Guarulla , Julio Haron Ygarza y Romel Guzamana, cuya proclamación como diputados está suspendida mientras se decide la impugnación del proceso electoral, lo que configuró un desacato a la sentencia N° 108/2016, dictada por el máximo tribunal en Sala Electoral.

El TSJ ordenó remitir copia certificada de la presente decisión al Consejo Moral Republicano, a la Contraloría General de la República, al Ministerio Público, al Consejo Nacional Electoral y a la Procuraduría General de la República, en razón de los posibles ilícitos que pudieran derivarse de los actos producidos en el Parlamento en contra del ordenamiento jurídico vigente.





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