cartel del TSJ declara inadmisible solicitud de interpretación de la Constituyente presentada por Fiscal General


cartel del TSJ declara inadmisible solicitud de interpretación de la Constituyente presentada por Fiscal General

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela declaró inadmisible "por falta de legitimación" la solicitud de interpretación hecha por la Fiscal General de la República, Luisa Ortega Díaz, con respecto a la sentencia que avala la convocatoria de la Constituyente de Nicolás Maduro. 

La sentencia de este 7 de junio declara que las potestades del Ministerio Público para pedir aclaratoria saobre sentencias del Supremo "están referidas a sus obligaciones como tercero de buena fe en procesos judiciales para garantizar el respeto de los derechos fundamentales incluidos en la Constitución o en convenios internacionales, así como velar por el debido proceso y la buena marcha de la administración de justicia. Estas son atribuciones genéricas que competen a todos los integrantes del sistema de justicia y que “per se” no legitiman al Ministerio Público a intervenir en calidad de parte en ninguna causa concreta".

"Al no tratarse de una acción popular, la Fiscal General de la República, quien no fue la solicitante de la interpretación en cuestión, mal podría invocar un interés general o una “particular” concepción del orden público, para solicitar la presente aclaratoria", expresa el texto.

Ortega Díaz introdujo la solicitud de aclaratoria de la sentencia 378 ante el Supremo el pasado 1º de junio. “He solicitado que aclare lo referido a la progresividad de los derechos humanos; esta sentencia es un retroceso en materia de derechos humanos. Nuestra Constitución establece la progresividad, y bajo ninguna circunstancia esos derechos pueden ser desmejorados”, dijo en esa oportunidad. 

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